Ley 9.733 de Mendoza: Junín expropia terrenos para conservar el Molino Orfila
Ley 9.733 de Mendoza (22 de septiembre de 2026): Declara de utilidad pública, es decir, expropiables, dos terrenos de unos 3.782 m2 en Orfila y Chileno Herrera, Junín. El destino es conservar y poner en valor el Solar Histórico Molino Orfila. Expropia la Municipalidad y paga los gastos.
- Número
- Ley 9.733
- Tema
- Tierras y expropiaciones
- Sancionada
- 22 de septiembre de 2026
- Publicada en el Boletín Oficial
- 9 de octubre de 2026 (N.º 32695)
En pocas palabras
- El terreno suma unos 3.782 m2, entre la Fracción A (854,55 m2) y una parte de la Fracción B (2.927,45 m2).
- El Estado puede quedarse con los inmuebles para mantener, conservar y difundir el valor histórico y social del Molino Orfila.
- Quien expropia es la Municipalidad de Junín, que además paga todos los gastos.
- La Municipalidad debe hacer el plano de actualización y mensura para fijar la superficie exacta afectada.
Texto de la ley
- Artículo 1: Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la intersección de las calles Orfila y Chileno Herrera del Departamento de Junín, constantes de una superficie conjunta de aproximadamente TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (3.782 m2.), identificados como Fracción A, Matrícula N° 227827, Padrón Nº 09-026238 de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CON CINCUENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (854,55 m2) y una porción de la identificada como Fracción B, Matrícula N° 228299, Padrón Nº 09-026246 de DOS MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE METROS CON CUARENTA…
- Artículo 2: La expropiación dispuesta por el artículo 1° de la presente Ley tiene como objeto el mantenimiento, conservación y puesta en valor del Solar Histórico “Molino Orfila”, con el fin de resguardarlo y privilegiar la difusión de su valor histórico y social.
- Artículo 3: La Municipalidad de Junín actuará como sujeto expropiante de conformidad con las normas previstas por el Decreto-Ley N° 1.447/75.
- Artículo 4: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán soportados por la Municipalidad de Junín, la que tendrá a su cargo la confección del plano de actualización y mensura correspondiente, a los fines de determinar la superficie afectada y efectivizar la expropiación dispuesta.