Ley 9.721 de Mendoza: Guaymallén expropia 38 inmuebles para abrir el Callejón Martínez
Ley 9.721 de Mendoza (4 de agosto de 2026): Declara expropiables 38 inmuebles, o partes de ellos, para abrir el Callejón Martínez en Rodeo de la Cruz, Guaymallén. En casi todos se toma solo una fracción del terreno. Expropia y paga la Municipalidad.
- Número
- Ley 9.721
- Tema
- Tierras y expropiaciones
- Sancionada
- 4 de agosto de 2026
- Publicada en el Boletín Oficial
- 26 de agosto de 2026 (N.º 32663)
En pocas palabras
- Son 38 parcelas en el distrito Rodeo de la Cruz; en cada una se afecta solo parte del terreno, que es de mayor tamaño.
- La superficie por parcela va de unos 6 m2 hasta unos 3.799 m2.
- Algunas parcelas también pierden superficie por la calle Tomás Godoy Cruz y la ochava (esquina cortada).
- La Municipalidad de Guaymallén es quien expropia y atiende todos los gastos.
Texto de la ley
- Artículo 1: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación 38 inmuebles, para apertura del Callejón Martínez del Distrito Rodeo de la Cruz, Departamento Guaymallén, los que a continuación se detallan:
- Artículo 2: La Municipalidad de Guaymallén actuará como sujeto expropiante de las superficies individualizadas en el Artículo 1º, de conformidad a las normas establecidas en el Decreto - Ley Nº 1447/75 y atenderá a los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley.