Ley 9.664 de Mendoza: 9 de octubre: Día de la Enfermedad Cardiovascular en la Mujer
Ley 9.664 de Mendoza (24 de septiembre de 2025): Se instituye el 9 de octubre de cada año como Día Provincial de la Concientización de la Enfermedad Cardiovascular en la Mujer. El Ministerio de Salud debe hacer campañas el mes anterior.
- Número
- Ley 9.664
- Tema
- Salud
- Sancionada
- 24 de septiembre de 2025
- Publicada en el Boletín Oficial
- 20 de octubre de 2025 (N.º 32458)
En pocas palabras
- Cada 9 de octubre es el Día Provincial de la Concientización de la Enfermedad Cardiovascular en la Mujer.
- El Ministerio de Salud y Deportes debe promover prevención, información, investigación y estudios estadísticos sobre esta enfermedad.
- En el mes previo a la fecha se hacen campañas en eventos, medios gráficos, digitales, radiales y audiovisuales.
Texto de la ley
- Artículo 1: Institúyese el día 9 de Octubre de cada año como “Día Provincial de la Concientización de la Enfermedad Cardiovascular en la Mujer”.
- Artículo 2: La presente ley tiene por objeto la promoción de acciones destinadas a prevenir, concientizar y sensibilizar a la población acerca de la Enfermedad Cardiovascular de la Mujer, como así también, brindar información acerca de la importancia de adoptar medidas de detección temprana y prevención de los factores de riesgo vinculados al desarrollo de esta afección.
- Artículo 3: El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud y Deportes, deberá promover acciones de prevención, estimular políticas públicas tendientes a concientizar, brindar información, promover la investigación y formación, propiciar la realización periódica de estudios epidemiológicos y estadísticos.
- Artículo 4: La autoridad de aplicación con la colaboración de instituciones especializadas en la materia, promoverá en el mes previo a esa fecha, la realización de campañas de concientización a través de eventos, medios gráficos, digitales, radiofónicos y audiovisuales acerca de esta problemática.