Ley 9.655 de Mendoza: Facturas deberán mostrar la alícuota de Ingresos Brutos desde 2026
Ley 9.655 de Mendoza (27 de agosto de 2025): Mendoza adhiere al régimen nacional de transparencia fiscal al consumidor. Desde el 1 de enero de 2026, facturas y tickets deben detallar la alícuota de Ingresos Brutos que paga quien vende.
- Número
- Ley 9.655
- Tema
- Impuestos
- Sancionada
- 27 de agosto de 2025
- Publicada en el Boletín Oficial
- 18 de septiembre de 2025 (N.º 32437)
En pocas palabras
- Desde el 1 de enero de 2026, facturas, tickets y comprobantes similares deben indicar la alícuota de Ingresos Brutos de la actividad de quien los emite.
- Administración Tributaria Mendoza controla que se cumpla en toda la provincia.
Texto de la ley
- Artículo 1 (Adhesión): Adhiérase al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor establecido en el Título VII de la Ley Nacional 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
- Artículo 2 (Exposición de tributos provinciales): Establécese la obligación de detallar en los comprobantes fiscales (facturas, tickets, y similares) la alícuota sobre los ingresos brutos correspondiente a la actividad del sujeto emisor de los sujetos pasivos.
- Artículo 3 (Autoridad de aplicación): La autoridad de aplicación de la presente ley será la Administración Tributaria Mendoza, la cual tendrá a su cargo la supervisión y control del cumplimiento del Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor en todo el territorio provincial.
- Artículo 4: VIGENCIA La presente ley entrará en vigencia el 1° de enero de 2026.