Ley 9.571 de Mendoza: Descuentos para cancelar de una vez la deuda de viviendas del IPV
Ley 9.571 de Mendoza (27 de agosto de 2024): Quien deba una vivienda o crédito del IPV puede cancelarlo con quita de 40% a 60% si paga todo junto. Las deudas chicas pueden darse por canceladas. El plazo para acogerse llega hasta el 31 de agosto de 2026.
- Número
- Ley 9.571
- Tema
- Obras e infraestructura
- Sancionada
- 27 de agosto de 2024
- Publicada en el Boletín Oficial
- 9 de septiembre de 2024 (N.º 32186)
En pocas palabras
- Si el saldo más la mora llega a 2 salarios mínimos, la quita es del 60% con pago único en pesos.
- Para créditos de hasta el 31/12/2005, la quita es del 50%; para los otorgados entre el 1/1/2006 y el 30/11/2017, del 40%.
- Sin mora, 10% más de quita. Si el saldo es de hasta 30% del salario mínimo, se da por cancelado y se paga al escriturar el 15% del salario mínimo.
- Se puede pedir hasta el 31 de agosto de 2026, prorrogable hasta el 31 de agosto de 2027.
Texto de la ley
- Artículo 1: Modifícase el Artículo 13, incorpórase el Artículo 13 bis y sustitúyese el Artículo 14 de la Ley Nº 9378, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO 13.- Impleméntase un régimen de Cancelación Anticipada para todos los beneficiarios que adhieran al mismo teniendo en cuenta lo siguiente: a) Para los casos de viviendas o créditos, cuyo saldo de capital más mora total sea de hasta el monto de dos (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) al momento de solicitarlo, los adjudicatarios o beneficiarios del crédito podrán cancelar dicha suma con una quita del sesenta por…