Ley 9.560 de Mendoza: Cuánto duran los pedidos de captura y otras medidas policiales
Ley 9.560 de Mendoza (23 de julio de 2024): La Justicia y los fiscales deben usar un modelo único para cargar pedidos de captura, prohibiciones de acercamiento y otras medidas. Las inscripciones caducan solas a los 2 años, o hasta 15 años según el pedido.
- Número
- Ley 9.560
- Tema
- Seguridad y justicia
- Sancionada
- 23 de julio de 2024
- Publicada en el Boletín Oficial
- 20 de agosto de 2024 (N.º 32172)
En pocas palabras
- Los pedidos se cargan por correo oficial con formularios únicos y deben informarse los cambios y las bajas.
- Un pedido de captura por delito con pena perpetua caduca a los 15 años; si no es perpetua, al llegar al máximo de la pena, entre 2 y 12 años.
- Caducan a los 2 años las prohibiciones de acercamiento y de ir a eventos deportivos, las inhabilitaciones para conducir y las prisiones domiciliarias.
- Los pedidos de paradero caducan a los 4 años y los de comparendo y citación a los 2 años. Un juez puede fijar otro plazo.
Texto de la ley
- Artículo 1: Sustitúyanse los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º de la Ley N° 9019, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 1°- Establécese para la Justicia Penal y Contravencional Provincial y para el Ministerio Público Fiscal de Mendoza, la obligatoriedad de utilizar un modelo único para la inserción y sin efecto en la orden del día local de los pedidos de captura, comparendo, paraderos, citación, prisiones domiciliarias, prohibiciones de acercamiento, de ingresos a eventos deportivos, inhabilitaciones para conducir y medidas sobre vehículos.” “Artículo 2°- La Subsecretaría de Tecnología…