Ley 9.559 de Mendoza: Cambios al Código de Contravenciones: alcohol y acoso callejero

Ley 9.559 de Mendoza (3 de julio de 2024): Modifica la Ley 9099. Cambia los mínimos y máximos de sanciones, endurece las penas por alcoholemia de 1 gramo por litro o más y define el acoso sexual callejero con sanciones.

Número
Ley 9.559
Tema
Seguridad y justicia
Sancionada
3 de julio de 2024
Publicada en el Boletín Oficial
1 de agosto de 2024 (N.º 32159)

En pocas palabras

  • Arresto de 1 a 120 días; multa de 100 a 12.000 Unidades Fijas; trabajo comunitario de 4 a 80 días.
  • Conducir con alcohol de 1 g/l o más: multa de 4000 a 11.000 U.F. o arresto y inhabilitación de 90 a 545 días.
  • Acoso sexual callejero: multa de 200 a 2000 U.F. o 8 a 20 días de trabajo comunitario; se duplica si la víctima es menor o tiene discapacidad.

Texto de la ley

  • Artículo 1: Sustitúyense los artículos 12, 13, 33, 67 bis y 83; incorpórase un último párrafo al artículo 31, y modifícase el artículo 118, del Código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza, Ley Nº 9099 y modificatorias, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 12- Mínimos y máximos. Los mínimos y máximos de las siguientes sanciones son: a. arresto: desde un (1) día hasta ciento veinte (120) días. b. multa: desde cien (100) U.F. hasta doce mil (12.000) U.F. c. Trabajo comunitario: desde cuatro (4) días hasta ochenta (80) días, a razón de cuatro (4) horas por día.” “Artículo…

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza.